¿Por qué registrar mi empresa como SAS?
Sin duda, una de las figuras mercantiles en México más interesantes para nuevos emprendedores es la Sociedad por Acciones Simplificadas (SAS), la cual desde 2016 representa una opción de ahorro para las micro y pequeñas empresas.
Se trata de un modelo para incentivar la economía nacional ofreciendo diversas prestaciones a los negocios que se adscriben a este régimen, esto al facilitarles su administración y fomentando su crecimiento al no pedirles requerimientos muy rigurosos.
Así, las ventajas principales de registrar a tu empresa emergente como SAS son:
- El registro es totalmente gratuito.
- Todo el trámite se realiza a través de internet y el tiempo de respuesta es de 24 horas.
- El monto del capital social es meramente simbólico, puesto que puede ser desde un peso en adelante.
- Se exenta la obligación de conservar un fondo legal de reserva, el cual asciende al 5% por ciento de utilidades anuales hasta que se reúna la quinta parte del capital social.
- El capital puede ser variable.
- Aunque el término sociedad implica la agrupación de al menos dos personas, esta figura permite que los negocios con un solo accionista puedan registrarse y gozar del resto de los beneficios.
- Quedan libres de presentar declaración anual.
No obstante, para no incurrir en faltas que vayan en contra de las disposiciones prescritas para este tipo de sociedad, deben cumplirse algunas obligaciones, tales como las que se presentan a continuación:
- Solventar el pago total del capital social antes de completar un año contando desde el día de la aprobación del registro.
- Las ganancias anuales no pueden superar los 5 millones y medio de pesos, cifra que se actualiza cada año según el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC).
- Al igual que en una sociedad anónima, se debe tener un libro de registro de acciones.
- Es obligatorio celebrar asambleas anuales con todos los accionistas para poder notificar posibles modificaciones administrativas, cambios de objeto social y datos de contacto, etcétera.
- Toda actividad de la SAS tiene que reportarse ante la Secretaría de Economía a través del Sistema Electrónico de Publicaciones de Sociedades Mercantiles. Esto se refiere a los registros de contratos celebrados, a las convocatorias de asamblea de los accionistas, aumentos o disminuciones de capital, aviso de haber solventado el monto del capital social, informes anuales de situación financiera y demás aportes que incumban a las autoridades fiscales.
Por último, cabe mencionar que, como toda figura mercantil marcada en la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM), las SAS también deben cumplir a cabalidad con sus responsabilidades fiscales de facturación, pagos nómina, dividendos y otras operaciones, por lo que contar con el servicio de una empresa de administración puede aligerar significativamente la carga de trabajo de tu personal, además de que garantiza una buena realización de estos procesos a un precio justo.
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